martes, 8 de diciembre de 2009

La polémica norma de calidad: yogur vs. "yogur" pasteurizado después de la fermenración.

Con la entrada en vigor de la nueva norma de calidad no hay lugar a dudas de que cualquier fabricante podrá comercializar en España, bajo la denominación de yogur, y siempre y cuando vaya seguida de la expresión "pasteurizado después de la fermentación", cualquier producto obtenido a partir del yogur que, como consecuencia de la aplicación de un tratamiento por el calor posterior a la fermentación equivalente a una pasteurización, haya perdido la viabilidad de las bacterias lácteas específicas, sin perjuicio de cumplir otros requisitos legales que la norma establece en cuanto a pH, materia grasa o extracto seco magro lácteo.
Esta norma de calidad se consultar ampliamente en el Real Decreto 179/2003, de 14 de febrero, por el que se aprueba la Norma de Calidad para el yogur o yoghourt (BOE número 42, de 18 de febrero de 2003)

2 comentarios:

  1. Emilio, tenemos temas parecidos!!
    Yo también he hecho una entrada sobre el yogurt pasteurizado, a ver q ue te parece.

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  2. ¿qué tipo de pasteurización garantiza la eliminacion de todas las bacterias lácticas?porque tiene que ser la alta a 95ºC y afectaría a la textura¿no?

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